Última revisión
Sentencia Penal Nº 46, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 228 de 20 de Marzo de 2000
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 20 de Marzo de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: PEREZ CRUZ MARTIN, AGUSTIN JESUS
Nº de sentencia: 46
Nº de recurso: 228
Resumen
El delito de conducción bajo los efectos de bebidas
alcohólicas no constituye un tipo meramente formal, fundado en la constatación
objetiva de un determinado índice de hemoconcentración de alcohol en sangre, de
modo que, acreditado el mismo, deba dictarse sin más sentencia condenatoria,
con tal de que la prueba de tal clase se practique con todos los requisitos
legales, exigidos por el art. 23 del Reglamento de la Ley de Seguridad Vial de
17 de enero de 1992, sino que el tipo del actual art. 379 del vigente Código Penal exige, además, el influjo etílico, es decir la constatación objetiva de
que el alcohol ingerido afecte a las condiciones psico-físicas del acusado, y,
por ende, a la seguridad del tráfico, bien jurídico que justifica la sanción
criminal de tales conductas. Sentada la doctrina que antecede, no puede
omitirse -como se hace en el escrito de apelación- que este Tribunal, en las
sentencias anteriormente indicadas- añade: "Es evidente que la aplicación
de tal doctrina, exige la constatación en el acusado no sólo de la ingesta
alcohólica, sino del influjo que la bebida de tal clase cause en sus facultades
psico-físicas.En el presente caso, el resultado de la prueba de alcoholemia fue
positivo (1,04 mgrs.
Voces
Bebida alcohólica
Delito contra la Seguridad Vial
Delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas
Sentencia de condena
Atestado
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