Sentencia Penal Nº 470, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 26 de 06 de Octubre de 2000
Sentencia Penal Nº 470, A...re de 2000

Última revisión
06/10/2000

Sentencia Penal Nº 470, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 26 de 06 de Octubre de 2000

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Orden: Penal

Fecha: 06 de Octubre de 2000

Tribunal: AP - Lugo

Ponente: NEIRA MEDIN, ANDRES

Nº de sentencia: 470

Nº de recurso: 26

Resumen
  Los hechos declarados probados son constitutivos de un delito contra la salud pública del art. 368 del C.P., que previene como tal el favorecimiento o facilitación de sustancias estupefacientes, entre otras, y castiga tal conducta delictiva con la pena de prisión de tres a nueve años de duración y multa si se tratase, como es el caso de heroína, de sustancias causantes de grave daño a la salud. Procediendo la absolución de Emilio al retirar el Ministerio Fiscal la acusación contra el mismo. A todo responsable criminal de un delito o falta han de imponérsele las costas procesales, a tenor del art. 123 C.P. Señalándose la pena solicitada por el Mª Fiscal, como la mínima imponible en el caso.Se condena al acusado Daniel R como autor responsable del definido delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de seis mil pesetas, así como el abono de mitad de las costas procesales.  

Voces

Delitos contra la salud pública

Antecedentes penales

Heroína

Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal

Responsabilidad

Hecho delictivo

Estupefacientes

Centro penitenciario

Hachís

Autor responsable

Inhabilitación especial para el sufragio pasivo

Drogas