Sentencia Penal Nº 49, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 28 de 05 de Abril de 2000
- Orden: Penal
- Fecha: 05 de Abril de 2000
- Tribunal: AP - Pontevedra
- Ponente: Alañon Olmedo, Fernando
- Núm. Sentencia: 49
- Núm. Recurso: 28
Se alza la representación del condenado por la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Juez de lo Penal n° 3 de los de Vigo, el doce de julio de 1.999 cuestionando la pena impuesta por la misma. La sentencia dictada por el Juzgado de lo penal computa adecuadamente los criterios de determinación de la pena contenidos en los artículos 61 y siguientes del Código Penal. A la pena señalada en el artículo 240 del Código Penal se le rebaja un grado, compensando tras ello la atenuante de drogadicción con la agravante de reincidencia, imponiendo la pena mínima resultante, que se eleva a seis meses de prisión. El artículo 88 del Código Penal excluye la posibilidad de aplicar la sustitución de la pena de prisión en los supuestos de habitualidad delictiva. Sobre la base anterior resulta evidente la imposibilidad legal de aplicar la sustitución de la pena impuesta.
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