Sentencia Penal Nº 52, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 36 de 06 de Abril de 2000
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 06 de Abril de 2000
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: ALAñON OLMEDO, FERNANDO
Nº de sentencia: 52
Nº de recurso: 36
Resumen
En el presente recurso de apelación interpuesto contra la
sentencia dictada en las precedentes Diligencias del Procedimiento Abreviado,
que al margen se referencia, en cuyo recurso son parte como apelante el
acusado DON OSCAR, mayor de edad, vecino de Vigo recurso que fue admitido y
tramitado con arreglo a lo dispuesto en el artículo 795.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La citación realizada al acusado, Oscar, fue absolutamente regular. El artículo 793.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, requiere una citación personal del acusado, extremo que ha tenido lugar.No es
cierto que la sentencia apelada se funde en la conformidad del acusado. Es
doctrina consolidada del Tribunal Constitucional desde su Sentencia 31/1981 que
únicamente pueden considerarse auténticas pruebas que vinculen a los órganos de
la justicia penal en el momento de dictar sentencia las practicadas en el
juicio oral, tal y como establece el art. 741 LECr., No existe prueba directa de la autoría de los hechos que se enjuician. De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 239 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal las costas se declaran de oficio.
Voces
Robo con fuerza
Ánimo de lucro
Robo con fuerza en las cosas
Atenuante
Reincidencia
Prueba de testigos
Conformidad del acusado
Prueba de cargo
Derecho de defensa
Diligencias sumariales
Actos de investigación
Prueba preconstituída
Prueba anticipada
Presunción de inocencia
Responsabilidad penal
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