Sentencia Penal Nº 57, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 1055 de 27 de Octubre de 2000
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 27 de Octubre de 2000
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: CARRERA IBARZABAL, JAIME
Nº de sentencia: 57
Nº de recurso: 1055
Resumen
La acusación particular, que ratificó las conclusiones de
su escrito de acusación en el acto del plenario, viene a considerar los hechos
como constitutivos de un delito de estafa en la modalidad específica del art. 531 del Código Penal de 1973. Y menciona, igualmente, la acusación particular que la venta fue efectuada sin que ninguno de los coherederos le hubiere
requerido para que ejercitare el cargo de contador- partidor. Los demás hechos
vienen a catalogarse por la acusación particular como constitutivos de un
delito continuado de estafa de los arts. 248.1, 250.1, núms. 6 y 7 y 74.2 del Código Penal. De cualquier manera, tales hechos podrían constituir, en su caso,
un delito de apropiación indebida (y no de estafa) por el que no se ha deducido
acusación..
Voces
Delito de apropiación indebida
Delito de estafa
Antecedentes penales
Delito continuado de estafa
Voluntad unilateral
Acusación pública
Dolo
Arresto
Voluntad
Responsabilidad
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