Sentencia Penal Nº 59/2005, Audiencia Provincial de Melilla, Sección 7, Rec 61/2...de Diciembre de 2005
Sentencia Penal Nº 59/200...re de 2005

Última revisión
12/12/2005

Sentencia Penal Nº 59/2005, Audiencia Provincial de Melilla, Sección 7, Rec 61/2005 de 12 de Diciembre de 2005

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Orden: Penal

Fecha: 12 de Diciembre de 2005

Tribunal: AP - Melilla

Ponente: BENITEZ YEBENES, JUAN RAFAEL

Nº de sentencia: 59/2005

Nº de recurso: 61/2005

Núm. Cendoj: 52001370072005100383

Núm. Ecli: ES:APML:2005:381

Resumen
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Melilla, sobre lesiones causadas en siniestro.El Tribunal Constitucional dice:"En casos de apelación de sentencias absolutorias, cuando aquélla se funda en la apreciación de la prueba, si en la apelación no se practican nuevas pruebas, no puede el Tribunal de segunda instancia, revisar la valoración de las practicadas en la primera instancia, cuando por la índole de las mismas, es exigible la inmediación y la contradicción." Por tanto, no puede revisarse en esta alzada, la conclusión fáctica de la sentencia apelada, pues este Tribunal carece de la inmediación de la prueba practicada en primera instancia. El mismo confirma la falta de culpabilidad del demandado por las lesiones producidas al demandante en el accidente de circulación.

Voces

Valoración de la prueba

Práctica de la prueba

Temeridad

Mala fe