Sentencia Penal Nº 6, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 318 de 20 de Enero de 2000
Sentencia Penal Nº 6, Aud...ro de 2000

Última revisión
20/01/2000

Sentencia Penal Nº 6, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 318 de 20 de Enero de 2000

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Orden: Penal

Fecha: 20 de Enero de 2000

Tribunal: AP - Lugo

Ponente: CONDE SALGADO, REMIGIO

Nº de sentencia: 6

Nº de recurso: 318

Resumen
No caben dentro de un proceso penal todos los hechos que aparecen en la convivencia, aunque hayan causado lesiones, sino exclusivamente los que, dolosos o imprudentes, estén tipificados como delitos o faltas, e incluso, entre las imprudencias, solamente las punibles, no las de marcado sentido civil, y éstas han de ser enjuiciadas en la vía correspondiente, que es lo que sucede con el caso de autos, porque, contando con la necesaria autorización administrativa, fueron lanzados desde un lugar adecuado, y lo hizo quien, por su profesión, tenía los conocimientos y practica imprescindibles para llevar a buen fin la tarea, y aunque uno de ellos, en vez de subir, tomó una trayectoria horizontal, es un cohete que había sido revisado en el taller, y es posible, aunque no está probado que haya sido así, que el cambio de trayectoria fuera debido a la ruptura de la varilla, por lo que la imprudencia que pudo existir no es de índole penal, ya que la calificación jurídica no tiene en cuenta el resultado, que gravísimo, sino la acción que lo produjo, como así está ya acertadamente resuelto en la sentencia de primera instancia, cuyos razonamientos se aceptan, y que es necesario confirmar. Se desestima el recurso.