Sentencia Penal Nº 69, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 5066 de 03 de Mayo de 2001
Sentencia Penal Nº 69, Au...yo de 2001

Última revisión
03/05/2001

Sentencia Penal Nº 69, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 5066 de 03 de Mayo de 2001

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Penal

Fecha: 03 de Mayo de 2001

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: HERRERO DE PADURA, MIGUEL

Nº de sentencia: 69

Nº de recurso: 5066

Resumen
Los hechos declarados probados son constitutivos de una falta de injuria o vejación leve, prevista y penada en el art. 620.2 del Código Penal, de la que es responsable en concepto de autor el denunciado.El tipo penal referido, requiere, de una parte, la existencia de palabras, expresiones o actos, por sí mismos despectivos o vejatorios hacia el sujeto pasivo, y un especial "animus", tendente a escarnecer o vituperar o humillar a otros, obteniéndose un resultado lesivo contra la dignidad y patrimonio moral de las personas. Como dice el artículo 208 del C.P., acciones o expresiones que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Y respecto del elemento subjetivo del tipo, el "animus iniuriandi", que este consiste en la intención deliberada de atacar el honor de una persona, intención en la que también confluyen elementos circunstanciales, constituidos por la serie de hechos que rodean el núcleo del tipo y que sirven tanto para investigar el ánimo de injuriar como la gravedad de la injuria, pues en esa materia, impregnada de profunda subjetividad, los estados de conciencia, imposibles de observación directa, han de ser conocidos por los hechos en que se manifiestan. Se estima el recurso.  

Voces

Responsabilidad

Vejaciones

Falta de injurias

Tipo penal

Lesividad

Injuria

Agraviado

Daños morales

Perjuicios morales