Sentencia Penal Nº 71, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 5168 de 03 de Mayo de 2001
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 03 de Mayo de 2001
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: JUDEL PRIETO, ANGEL MARIA
Nº de sentencia: 71
Nº de recurso: 5168
Resumen
En el acto del Juicio se ha practicado plural testifical
de inequívoco signo incriminatorio y que desvirtúa la reaccional presunción de
inocencia. Acreditado, pues, que al irrumpir en al noche del 8 de mayo de 2000
en el "Café " el recurrente increpó verbalmente a D. Eugenio
conminándole a cesar en la producción de ruido, porque, caso contrario, le iba
a "partir la cara", esto es anunciando un mal físico futuro y
dependiente de su voluntad, con tintes de seriedad intimidatoria, es obvia la
concurrencia de los presupuestos típicos ex artículo 620.2 del Código Penal, si bien que, circunstancialmente, el Juzgado haya relativizado la cuestión al
imponer la leve multa de cinco mil pesetas. Así las cosas, ni error valorativo,
ni infracción de normas constitucionales o legales, la apelación a examen ha de
ser desestimada y confirmado el pronunciamiento de grado, privilegiado en su
conformación por la inmediación probatoria.
Se desestima el recurso.
Voces
Amenazas
Falta de amenazas
Presunción de inocencia
Voluntad
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