Última revisión
Sentencia Penal Nº 73, Audiencia Provincial de Ourense, Rec 69 de 27 de Junio de 2001
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 27 de Junio de 2001
Tribunal: AP - Ourense
Ponente: PEREZ MARTIN ESPERANZA, MERCEDES
Nº de sentencia: 73
Nº de recurso: 69
Resumen
JUICIO DE FALTAS POR DAÑOS AL PATRIMONIO
Los denunciados dieron golpes y patadas a un contenedor
de basura propiedad del Ayuntamiento siendo observados por los agentes de la
Policía Local, que inmediatamente se acercaron a ellos requiriéndoles para que
colocasen el contenedor en su sitio y se identificasen con el fin de formular
la correspondiente denuncia.
En el enjuiciamiento penal es principio esencial el de la
inmediación de la prueba, lo que comporta que sea el juez ante el que se
practica la misma, quien valorándola forma su convicción, que solo cuando de
forma clara e inequívoca se revela errónea puede ser rectificada. En el
presente caso, la valoración de la prueba efectuada por el Juzgador a quo
responde al resultado del material probatorio suministrado en el acto del
juicio y no pueden ser modificadas por el juzgador de apelación.
Voces
Valoración de la prueba
Autor responsable
Práctica de la prueba
Prueba de cargo
Principio de presunción de inocencia
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