Sentencia Penal Nº 75, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 1020 de 30 de Julio de 1999
Sentencia Penal Nº 75, Au...io de 1999

Última revisión
30/07/1999

Sentencia Penal Nº 75, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 1020 de 30 de Julio de 1999

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Penal

Fecha: 30 de Julio de 1999

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: ALFAYA OCAMPO, JUAN MANUEL

Nº de sentencia: 75

Nº de recurso: 1020

Resumen
Que el acusado, Miguel Angel siempre ha negado su participación en los hechos. Que las declaraciones del testigo, Sr. Laya Rey, prestadas en el acto del juicio, también carecen de contenido incriminatorio. Que las declaraciones sumariales prestadas por el testigo mencionado no pueden ser tomadas en consideración, tanto por se declaraciones de referencia, como porque fueron practicadas alejadas de la necesaria contradicción y defensa. Este testigo declara ante la Guardia Civil, y posteriormente se ratifica en el juzgado de instrucción, en el sentido de que por habérselo dicho el acusado Miguel Angel, sabía que este y el otro acusado, Alejandro, fueron los autores de la sustracción ahora enjuiciada. Pero esas manifestaciones de referencia fueron realizadas sin la presencia de lasa respectivas defensas des esos acusados.Y sin dejar de ser una prueba válida, el problema radica en su credibilidad. Queda entonces descartada esa declaración testifical. Existe un dato indiciario de que el robo haya sido cometido por el acusado, Miguel Angel.  

Voces

Responsabilidad

Robo

Presunción de inocencia

Robo con fuerza en las cosas

Robo con fuerza

Autor directo

Casa habitada

Ejecución de sentencia

Testigo presencial

Medios de prueba

Derecho a no declarar

Atestado policial

Declaración del testigo

Principio de contradicción

Hecho delictivo

Delito de robo