Sentencia Penal Nº 756/2018, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec ... 13 de Marzo de 2019
Sentencia Penal Nº 756/20...zo de 2019

Última revisión
30/05/2019

Sentencia Penal Nº 756/2018, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec 1666/2017 de 13 de Marzo de 2019

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Orden: Penal

Fecha: 13 de Marzo de 2019

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: JORGE BARREIRO, ALBERTO GUMERSINDO

Nº de sentencia: 756/2018

Nº de recurso: 1666/2017

Núm. Cendoj: 28079120012019100303

Núm. Ecli: ES:TS:2019:1515

Núm. Roj: STS 1515:2019

Resumen
- El principal acusado, Luis, ha sido absuelto de dos delitos fiscales: el delito de elusión de la práctica de las retenciones de ingresos a cuenta por rendimiento de capital mobiliario del ejercicio de 1996 y del delito del Impuesto de Sociedades correspondiente de la entidad ZUVINSA la indebida aplicación correspondiente al ejercicio de 1997. Temas tratados, respectivamente, en los fundamentos séptimo (pp. 92) y octavo de la sentencia (pp. 103). La primera absolución obedece a la aplicación indebida de la obligación de la retención en la distribución de los rendimientos de capital mobiliario, y la segunda a la aplicación en la liquidación del Impuesto de Sociedades del método de estimación directa, de forma que se opera con presunciones que vulneran el derecho a la presunción de inocencia del acusado. - También fue absuelto Luis de un delito continuado de estafa agravada por la compra fraudulenta de vinos a la CB DIRECCION000, al no contener referencia alguna al acusado la descripción del factum de la sentencia recurrida (fundamento segundo de la sentencia, pp. 57). - Se modifican las penas impuestas a Luis en diferentes delitos por no tener en cuenta debidamente la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada, que había sido teóricamente apreciada en la sentencia recurrida (fundamento décimo, pp. 116). El Ministerio Fiscal había presentado un recurso en el que se objetaba la cuantificación de la mayoría de las penas impuestas a los acusados, por no reducirlas debidamente en un grado de acuerdo con la aplicación de la atenuante cualificada que se apreció en la sentencia de la Audiencia. - Se estimó parcialmente el recurso formulado por la acusada Candida, madre del anterior acusado, por haberse calculado erróneamente la cuantificación de las penas, extremo que también había impugnado el Ministerio Público (fundamento 14º, pp 133). - El acusado Sebastián, de nacionalidad sueca, ha sido absuelto de los dos delitos que se le imputaban y por los que fue condenado por la Audiencia Nacional: el delito continuado de estafa agravada a la entidad aseguradora ASEFA y el delito continuado de fraude de subvenciones centrado en la exportación de vinos a Suecia. Esta absolución tiene una especial relevancia económica por las cifras que se barajaron en la indemnización de ambos delitos. La absolución de la estafa obedece a la vulneración patente de la presunción de inocencia, tanto en lo que respecta al elemento objetivo de la estafa como al elemento subjetivo, ninguno de los cuales ha resultado acreditado probatoriamente, siguiendo incluso la argumentación que plasma el Tribunal sentenciador con respecto al acusado (fundamento15º, pp. 137). - Del delito continuado de fraude de subvenciones ha sido absuelto Sebastián por prescripción, pues una vez que se le absolvió de la estafa, que tenía un plazo de prescripción de diez años y que concurría en concurso medial con el delito de fraude de subvenciones, éste prescribió debido a que tenía un plazo de prescripción contemplado aisladamente de cinco años, que habían ya transcurrido cuando se le dio entrada en el proceso (fundamento 18º, pp. 167). - En lo que se refiere al acusado Pedro Miguel, se han confirmado las condenas por los cuatro delitos que se le imputaban: delito fiscal por fraude del IVA, delito continuado de estafa agravada, delito continuado de fraude de subvenciones y delito de insolvencia punible. Sin embargo, se ha estimado parcialmente el recurso debido a que se ha aplicado el art. 65.3 del C. Penal en las condenas como cooperador necesario (fundamento 25º, pp. 225), y además el conjunto de las penas estaba mal calculado (fundamento 26º, pp. 230). También resulta interesante el tema de la negativa de prescripción por el delito fiscal, especialmente debido a que no se aprecia, a diferencia de lo que ocurrió con el acusado Sebastián con respecto al delito de fraude de subvenciones (fundamento 19º, pp. 173). - En cuanto al acusado Abelardo, le han sido confirmadas las condenas por el delito de insolvencia punible y por el delito continuado de fraude de subvenciones. Sin embargo, le han sido modificadas las penas por las mismas razones que al recurrente anterior (fundamentos trigésimo primero, pp 249 y trigésimo segundo, pp. 250). - El recurso del MINISTERIO FISCAL se circunscribió a los errores en la determinación de las penas, por lo que ha sido estimado parcialmente, según se recuerda en el fundamento 33º (pp.251). - En lo que afecta a la responsabilidad civil subsidiaria, se estiman los recursos de la entidad Autos González, S.L. (fundamento 37º, pp. 261), y también el recurso de Gómez de Castro, S.A. (fundamento 38º, pp. 264). En cambio, se desestima el recurso de INDUVASA (fundamentos 39º a 45º, pp 271 a 288). En el fundamento 45º (pp 283) se estima el criterio de responsabilidad civil subsidiaria seguido en la sentencia recurrida para esa entidad y las restantes responsables civiles subsidiarias que no recurren, aun reconociendo de que se trata de un criterio con más connotaciones económicas referentes al concepto de grupo empresarial que propiamente jurídicas.

Voces

Delitos contra la Hacienda Pública

Atenuante por dilaciones indebidas

Querella

Delito de insolvencias punibles

Delito de estafa

Fraude

Tipo penal

Administrador de hecho

Estafa

Presunción de inocencia

Administrador único

Delito de fraude de subvenciones

Pérdida posibilidad obtener subvenciones

Inhabilitación especial

Plazo de prescripción

Responsabilidad penal

Hecho delictivo