Última revisión
Sentencia Penal Nº 76, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 42 de 14 de Junio de 2000
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 14 de Junio de 2000
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: VILARIÑO LOPEZ, MARIA DEL CARMEN ANTONIA
Nº de sentencia: 76
Nº de recurso: 42
Resumen
PROCEDIMIENTO ABREVIADO POR UN DELITO DE IMPRUDENCIA
TEMERARIA
Se trata de un accidente laboral de un trabajador por
asfixia mecánica a consecuencia de un desprendimiento de tierra que lo sepultó
cuando estaba comprobando el correcto asentamiento de un tubo en el interior de
una zanja.
Los acusados omitieron las más elementales medidas de
precaución exigibles de acuerdo con sus conocimientos técnicos y funciones para
evitar el fallecimiento. Todas aquellas personas que desempeñan funciones de
dirección o mando están obligadas a cumplir las órdenes destinadas al
mantenimiento de la seguridad en el trabajo, y concretamente, el Jefe de la
obra, pese a conocer el Plan de Seguridad, recibir órdenes sobre seguridad e
higiene, y verificar las medidas de seguridad omitió adoptar las medidas de
seguridad necesarias en la construcción de la zanja
El delito de imprudencia aparece estructuralmente
configurado por la infracción de un deber de cuidado interno, que obliga a
advertir la presencia del peligro y su gravedad, y por la vulneración de un
deber de cuidado externo, que obliga a comportarse externamente de forma que se
controle o neutralice la situación de riesgo previamente advertida la no
adopción de ninguna de las medidas adecuadas, contempladas en el Plan de Seguridad
se vulneró de forma ostensible y burda el deber objetivo de cuidado exigido a
quienes estaban encargados de adoptar y verificar el cumplimiento de las
medidas de seguridad.
En estos delitos de imprudencia por omisión surge una
responsabilidad en cascada, por ello hay que condenar a todos y cada uno de los
implicados en la seguridad de la empresa.
Respecto a los intereses, la ley establece que si enel
plazo de tres meses desde la producción del siniestro el asegurador no hubiere
realizado la reparación del daño o indemnizado su importe por causa no
justificada la indemnización se incrementará en un 20 por 100. La
indeterminación de la cuantía no es obstáculo alguno para el devengo de tales
intereses.
Voces
Responsabilidad
Medidas de seguridad
Imprudencia temeraria
Responsabilidad penal
Antecedentes penales
Adhesión al recurso
Culpa
Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal
Omisión
Buenas prácticas
Delito imprudente
Plazo de prescripción
Querella
Indefensión
Autor material
Motivación de las sentencias
Principio de legalidad
Prescripción de delitos
Prescripción de cinco años
Sentencia firme
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