Sentencia Penal Nº 77, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 0242/97 de 05 de Junio de 1998
Sentencia Penal Nº 77, Au...io de 1998

Última revisión
05/06/1998

Sentencia Penal Nº 77, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 0242/97 de 05 de Junio de 1998

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Orden: Penal

Fecha: 05 de Junio de 1998

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: JUDEL PRIETO, ANGEL MARIA

Nº de sentencia: 77

Nº de recurso: 0242/97

Resumen
Las alegaciones expuestas por la parte recurrente en escrito de fecha 6 de febrero en modo alguno desvirtúan la apreciación y acertado criterio mantenido por la Juez de instancia en la resolución impugnada que, en consecuencia, ha de ser objeto de íntegra confirmación al valorarse en ella, de modo correcto, el conjunto de prueba practicada, tanto en las actuaciones como en el juicio, y ser la pena impuesta la adecuada a la conducta enjuiciada conforme a la legalidad vigente (arts. 617 y 638 del Código Penal). En efecto, indiscutida en Plenario la validez del documento obrante la realidad es que el denunciado fue interrogado acerca de su contenido a presencia judicial y con cobertura letrada, manifestando entonces que ''las lesiones que dice sufrir la denunciante no sabe el declarante dónde se las pudo producir'', omitiendo en cualquier trámite el apelante establecer contradicción sobre lo que ulteriormente califica de dudoso parte judicial sólo en función de que su incorporación a la causa se produjera no por remisión directa del facultativo sino por aportación de la perjudicada. El recurso, pues, ha de ser desestimado.    

Voces

Práctica de la prueba

Presencia judicial