Sentencia Penal Nº 78, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 90 de 09 de Julio de 1999
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 09 de Julio de 1999
Tribunal: AP - Pontevedra
Ponente: GUTIERREZ RODRIGUEZ MOLDES, ANTONIO
Nº de sentencia: 78
Nº de recurso: 90
Resumen
Con fecha 3 de Febrero de 1.999, recayó sentencia en los
autos de que se deja hecha mención, cuyo Fallo, literalmente, dice: Se condena
, con expresa condena en costas, a ANGEL como autor de una falta de DAÑOS del
artículo 625.1 del Código Penal a la pena de MULTA DE 10 DIAS a 1.000.- pts. diarias, y a que indemnice a Manuel Fernández Sánchez los daños causados que
son 35.909.- pts. por los daños producidos en los ciruelos y la planta geranio
y 16.000.- pts. del importe del informe pericial".Contra dicha sentencia
se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por Angel, confiriéndose
traslado del mismo a las restantes partes personadas y al Ministerio Fiscal por
término de diez días, formulándose oposición a dicho recurso, en tiempo y
forma, por los apelados, Manuel. Se aceptan los hechos probados de la sentencia
apelada, que son los siguientes: De lo actuado quedó probado que el día 2 de
Mayo de 1.998, ANGEL, desde su propia finca roció con una sustancia herbicida
dos árboles ciruelos y una planta de geranio que se encontraban en la finca de
Manuel produciendo que ambos árboles dejaran de producir fruto. En la
tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales. Se
aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada.Se plantea por el
recurrente error en la apreciación de la prueba con el fin esencial de impugnar
la prueba testifical, pues es obvio que sin dicha prueba no podría mantenerse
la condena.En principio el contenido de la declaración del testigo no puede ser
más claro, pues concreta que observó al denunciado echando un líquido de color
sobre unos árboles del denunciante. En definitiva la prueba practicada excluye
la aplicación del principio de presunción de inocencia así como la vulneración
de la tutela judicial efectiva que se denuncia.Al confirmarse la condena se
imponen a la parte apelante las costas del recurso. Se desestima el recurso de
apelación interpuesto por ANGEL contra la sentencia de fecha 3 de Febrero de
1.999, dictada por el Juzgado de Instrucción de Redondela, en los autos de
Juicio de Faltas nº. Notifíquese esta resolución a las partes personadas en la
forma establecida en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Voces
Práctica de la prueba
Informes periciales
Error en la valoración de la prueba
Prueba de testigos
Declaración del testigo
Principio de presunción de inocencia
Falta a la verdad
Derecho a la tutela judicial efectiva
Denuncia falsa
Hecho delictivo
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