Sentencia Penal Nº 78, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 90 de 09 de Julio de 1999
Sentencia Penal Nº 78, Au...io de 1999

Sentencia Penal Nº 78, Audiencia Provincial de Pontevedra, Rec 90 de 09 de Julio de 1999

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Orden: Penal

Fecha: 09 de Julio de 1999

Tribunal: AP - Pontevedra

Ponente: GUTIERREZ RODRIGUEZ MOLDES, ANTONIO

Nº de sentencia: 78

Nº de recurso: 90

Resumen
  Con fecha 3 de Febrero de 1.999, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo Fallo, literalmente, dice: Se  condena , con expresa condena en costas, a ANGEL como autor de una falta de DAÑOS del artículo 625.1 del Código Penal a la pena de MULTA DE 10 DIAS a 1.000.- pts. diarias, y a que indemnice a Manuel Fernández Sánchez los daños causados que son 35.909.- pts. por los daños producidos en los ciruelos y la planta geranio y 16.000.- pts. del importe del informe pericial".Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por Angel, confiriéndose traslado del mismo a las restantes partes personadas y al Ministerio Fiscal por término de diez días, formulándose oposición a dicho recurso, en tiempo y forma, por los apelados, Manuel. Se aceptan los hechos probados de la sentencia apelada, que son los siguientes: De lo actuado quedó probado que el día 2 de Mayo de 1.998, ANGEL, desde su propia finca roció con una sustancia herbicida dos árboles ciruelos y una planta de geranio que se encontraban en la finca de Manuel produciendo que ambos árboles dejaran de producir fruto. En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales. Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada.Se plantea por el recurrente error en la apreciación de la prueba con el fin esencial de impugnar la prueba testifical, pues es obvio que sin dicha prueba no podría mantenerse la condena.En principio el contenido de la declaración del testigo no puede ser más claro, pues concreta que observó al denunciado echando un líquido de color sobre unos árboles del denunciante. En definitiva la prueba practicada excluye la aplicación del principio de presunción de inocencia así como la vulneración de la tutela judicial efectiva que se denuncia.Al confirmarse la condena se imponen a  la parte apelante las costas del recurso. Se desestima el recurso de apelación interpuesto por ANGEL contra la sentencia de fecha 3 de Febrero de 1.999, dictada por el Juzgado de Instrucción de Redondela, en los autos de Juicio de Faltas nº. Notifíquese esta resolución a las partes personadas en la forma establecida en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.    

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Voces

Práctica de la prueba

Informes periciales

Error en la valoración de la prueba

Prueba de testigos

Declaración del testigo

Principio de presunción de inocencia

Falta a la verdad

Derecho a la tutela judicial efectiva

Denuncia falsa

Hecho delictivo