Sentencia Penal Nº 86, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 5068 de 22 de Mayo de 2001
Sentencia Penal Nº 86, Au...yo de 2001

Última revisión
22/05/2001

Sentencia Penal Nº 86, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 5068 de 22 de Mayo de 2001

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Orden: Penal

Fecha: 22 de Mayo de 2001

Tribunal: AP A Coruña

Ponente: BRAÑAS SANTA MARIA, DAMASO MANUEL

Nº de sentencia: 86

Nº de recurso: 5068

Resumen
Como se desprende del apartado tercero de los hechos probados, la responsabilidad penal se extinguió por prescripción, que, conforme la jurisprudencia declara reiteradamente a partir de 1963, no tiene naturaleza procesal, sino penal material o sustantiva, puede alegarse en cualquier momento y ha de apreciarse de oficio porque, al responder a principio de orden público primario, su efectividad no depende de que se solicite o alegue y opera, en expresión de la sentencia del Tribunal Supremo de veintidós de enero de 1990, "ope legis" y es "imperativo" aplicarla, incluso aunque la paralización procesal determinante de su consumación se produzca después de pronunciada sentencia no firme. En concordancia con ello la declaración de hechos probados se reduce a lo necesario para identificar los hechos objeto de enjuiciamiento a efectos de la cosa juzgada y basar la prescripción estimada, determinante de la revocación de la sentencia apelada y la absolución de los recurrentes. Se estima el recurso.    

Voces

Autor responsable

Vejaciones

Falta de vejaciones

Falta de lesiones

Responsabilidad penal

Denuncia de la persona agraviada

Ope legis

Declaración de hechos probados

Plazo de prescripción