Última revisión
Sentencia Penal Nº 87, Audiencia Provincial de Ourense, Rec 260/97 de 15 de Abril de 1998
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 15 de Abril de 1998
Tribunal: AP - Ourense
Ponente: OTERO SEIVANE, JOSEFA
Nº de sentencia: 87
Nº de recurso: 260/97
Resumen
Lo que habrá de demostrarse no es la tasa de alcohol en
sangre (suficiente para el ¡lícito administrativo) sino la influencia de las
bebidas alcohólicas en la conducción, extremo el segundo que en los presentes
autos no aparece acreditado con la certeza que requiere =a condena penal ya que
en el atestado, ratificado en el plenario por uno de los agentes actuantes, se
hace constar que el acusado presentaba habla clara y deambulación normal, datos
ambos que no se compaginan con la influencia etílica y frente a los cuales no
se estima concluyente ni el olor a alcohol (lógico existiendo previa ingesta),
ni la expresión reiterativa (característica de numerosas personas) ni la' no
detención frente al control preventivo en base a la cual se inició un
expediente administrativo, según refleja el propio atestado. Se impone, en
consecuencia, un pronunciamiento absolutorio en aplicaci6n del principio in
dubio pro reo.
Se desestima el recurso.
Voces
Bebida alcohólica
Delito contra la Seguridad Vial
Antecedentes penales
Atestado
Representación procesal
Responsabilidad
Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal
Arresto sustitutorio
Tasa de alcohol en sangre
Hecho delictivo
Tipo penal
Medios de prueba
In dubio pro reo
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