Última revisión
Sentencia Penal Nº 94, Audiencia Provincial de A Coruña, Rec 757/98 de 11 de Junio de 1998
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 11 de Junio de 1998
Tribunal: AP A Coruña
Ponente: JUDEL PRIETO, ANGEL MARIA
Nº de sentencia: 94
Nº de recurso: 757/98
Resumen
Acerca de la noción de tratamiento médico o quirúrgico en
relación con el delito de lesiones del artículo 420 del Código Penal en la redacción operada por la L.0. 3/1989, obra abundante Jurisprudencia. Así las
cosas, y comoquiera que el Sr. N fue asistido el día 18 de julio de 1995 en la
Unidad de urgencias del Clínico universitario de Santiago de Compostela de
traumatismo craneoencefálico con aplicación de puntos de sutura (folio 8),
reiterándose la atención los siguientes días 20 y 24 y objetivándose por el
médico forense heridas consistentes en contusiones en región gupraciliar
izquierda y ángulo externo del ojo izquierdo, escoriación en frente y el citado
traumatismo con pérdida de conocimiento, las que requirieron amén de la
inicial, otras sesiones y, para la curación, intención de sutura ''para cerrar
la herida de la ceja, restando las secuelas cicatriciales y de cefalea asimismo
descritas, no cabe dudar que el resultado en cuestión se atrae a la órbita
delictiva como exigente de tratamiento médico y quirúrgico y, a todo evento,
queda extramuros del leve ámbito que en el recurso se sugiere.
Se desestima el recurso.
Voces
Delitos de lesiones
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