Sentencia Penal Nº S/S, Audiencia Provincial de Almeria, Sección 1, Rec 337/1997 de 06 de Febrero de 2003
Sentencia Penal Nº S/S, A...ro de 2003

Última revisión
06/02/2003

Sentencia Penal Nº S/S, Audiencia Provincial de Almeria, Sección 1, Rec 337/1997 de 06 de Febrero de 2003

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Orden: Penal

Fecha: 06 de Febrero de 2003

Tribunal: AP - Almeria

Ponente: GARCIA LARAÑA, RAFAEL

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 337/1997

Núm. Cendoj: 04013370012003100028

Núm. Ecli: ES:APAL:2003:179

Resumen
La Audiencia Provincial con sede en Almería absuelve al condenado por un delito de apropiación indebida y por lo tanto, estima el recurso de apelación que interpone. Para ello, hay que partir del hecho de que la comisión del delito en estudio requiere como factores de precisa concurrencia: a) la posesión por el sujeto activo de bienes muebles ajenos en virtud de título de tenencia provisoria que obligue a entregarlos o devolverlos, b) que éste efectúe sobre los mismos un acto de disposición, bien incorporándolos a su patrimonio o bien de otra forma, c) que se derive de ello un perjuicio patrimonial para terceros y d) un ánimo de lucro, genéricamente presente en las infracciones contra la propiedad ajena y enlazado en este caso con el animus rem sibi habendi. En el presente supuesto, estamos ante una relación jurídica contractual en la que la empresa promotora, y a través de ella el acusado, se obliga a proporcionar al interesado la asistencia a un determinado espectáculo musical y, como contraprestación, éste paga una determinada cantidad establecida como precio para dicha asistencia, pago que se materializa mediante la adquisición de la correspondiente entrada. No puede considerarse que la empresa reciba el importe de las entradas vendidas a título meramente posesorio como depósito, comisión, administración ni ningún otro similar o cercano a éstos, puesto que el acusado no recibe el dinero con obligación de darle un destino o fin específico en servicio de un tercer titular dominical, sino que lo recepciona en pleno dominio. En definitiva, no concurren los requisitos de la apropiación indebida y, por otro lado, la Sala no puede entrar ni mínimamente a examinar las posibilidades de aplicación de otro tipo penal como podría ser la estafa.

Voces

Apropiación indebida

Comisión del delito

Bienes muebles

Acto de disposición

Perjuicios patrimoniales

Ánimo de lucro

Delito continuado de apropiación

Relación jurídica

Contraprestación

Bienes fungibles

Tipo penal

Estafa

Delito de apropiación indebida