Sentencia Penal Nº S/S, Audiencia Provincial de Almeria, Sección 1, Rec 337/1997 de 06 de Febrero de 2003
Última revisión
Sentencia Penal Nº S/S, Audiencia Provincial de Almeria, Sección 1, Rec 337/1997 de 06 de Febrero de 2003
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 06 de Febrero de 2003
Tribunal: AP - Almeria
Ponente: GARCIA LARAÑA, RAFAEL
Nº de sentencia: S/S
Nº de recurso: 337/1997
Núm. Cendoj: 04013370012003100028
Núm. Ecli: ES:APAL:2003:179
Resumen
La Audiencia Provincial con sede en Almería absuelve al condenado por un delito de apropiación indebida y por lo tanto, estima el recurso de apelación que interpone. Para ello, hay que partir del hecho de que la comisión del delito en estudio requiere como factores de precisa concurrencia: a) la posesión por el sujeto activo de bienes muebles ajenos en virtud de título de tenencia provisoria que obligue a entregarlos o devolverlos, b) que éste efectúe sobre los mismos un acto de disposición, bien incorporándolos a su patrimonio o bien de otra forma, c) que se derive de ello un perjuicio patrimonial para terceros y d) un ánimo de lucro, genéricamente presente en las infracciones contra la propiedad ajena y enlazado en este caso con el animus rem sibi habendi. En el presente supuesto, estamos ante una relación jurídica contractual en la que la empresa promotora, y a través de ella el acusado, se obliga a proporcionar al interesado la asistencia a un determinado espectáculo musical y, como contraprestación, éste paga una determinada cantidad establecida como precio para dicha asistencia, pago que se materializa mediante la adquisición de la correspondiente entrada. No puede considerarse que la empresa reciba el importe de las entradas vendidas a título meramente posesorio como depósito, comisión, administración ni ningún otro similar o cercano a éstos, puesto que el acusado no recibe el dinero con obligación de darle un destino o fin específico en servicio de un tercer titular dominical, sino que lo recepciona en pleno dominio. En definitiva, no concurren los requisitos de la apropiación indebida y, por otro lado, la Sala no puede entrar ni mínimamente a examinar las posibilidades de aplicación de otro tipo penal como podría ser la estafa.
Voces
Apropiación indebida
Comisión del delito
Bienes muebles
Acto de disposición
Perjuicios patrimoniales
Ánimo de lucro
Delito continuado de apropiación
Relación jurídica
Contraprestación
Bienes fungibles
Tipo penal
Estafa
Delito de apropiación indebida
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