Sentencia Social Nº 109/2007, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, ...de Noviembre de 2007
Sentencia Social Nº 109/2...re de 2007

Sentencia Social Nº 109/2007, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 143/2007 de 26 de Noviembre de 2007

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Orden: Social

Fecha: 26 de Noviembre de 2007

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: VIVES USANO, MARIA PAZ

Nº de sentencia: 109/2007

Nº de recurso: 143/2007

Núm. Cendoj: 28079240012007100117

Resumen
Se desestima íntegramente la demanda sobre conflicto colectivo. El sindicato demandante considera que la empresa se niega a reconocer los delegados de prevención elegidos y a constituir los comités de seguridad y salud en cada centro con más de 50 trabajadores. Pero lo relevante es que no todos los centros de trabajo con número de trabajadores suficiente para tener derecho a elegir representantes de los trabajadores, cuentan con los correspondientes delegados de prevención, sino que éstos, son elegidos en los centros madre o centros cabecera. En consecuencia resulta que 203 centros de trabajo carecen de delegados de prevención propios, y sus trabajadores también. Con base en el art. 35 ET, la empresa demandada ha establecido un sistema de prevención negociado con los representantes de los trabajadores que el sindicato demandante considera que vulnera lo previsto en la Ley 31/1995. Sus argumentos no pueden prosperar al no estar impugnado el artículo 76 del convenio, como lo estaba en un principio, pues, según el art. 218 de la LEC la Sala no puede pronunciarse sobre algo que no se ha pedido.

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Voces

Delegados de prevención

Centro de trabajo

Prevención de riesgos laborales

Fondo del asunto

Acto de conciliación

Sindicatos

Representación de los trabajadores

Comité de empresa

Intervención del Ministerio Fiscal

Proceso de conflicto colectivo

Convenio colectivo

Convenio colectivo de empresa

Delegado de personal

Conflicto colectivo laboral