Sentencia Social Nº 1114/2016, Tribunal Superior de Justicia de Castilla La-Manc...e Septiembre de 2016
Sentencia Social Nº 1114/...re de 2016

Última revisión
06/01/2017

Sentencia Social Nº 1114/2016, Tribunal Superior de Justicia de Castilla La-Mancha, Sala de lo Social, Sección 2, Rec 677/2016 de 12 de Septiembre de 2016

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Orden: Social

Fecha: 12 de Septiembre de 2016

Tribunal: TSJ Castilla La-Mancha

Ponente: MONTIEL GONZALEZ, JOSE

Nº de sentencia: 1114/2016

Nº de recurso: 677/2016

Núm. Cendoj: 02003340022016100346

Núm. Ecli: ES:TSJCLM:2016:2285

Resumen
DESPIDO DISCIPLINARIO. CONTRATO DE TRABAJO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION. El contrato deberá identificar con precisión y claridad la causa o la circunstancia que lo justifique y determinar la duración del mismo. En ninguno de los dos contratos eventuales suscritos se indica la causa que pueda justificar su concertación en los términos antes mencionados, pues únicamente se consigna en los mismos que su objeto es «atender a las necesidades de los ancianos de la residencia», sin otra precisión. Tampoco se ha justificado en el curso del juicio seguido en la instancia, la concurrencia de alguna causa válida que justifique la utilización de la contratación temporal citada. Por lo tanto, la apreciación en la sentencia de instancia de fraude en el uso de la contratación temporal, con los efectos previstos en el art. 15.3 del ET y 9.3 del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre , con la consecuencia de reputar indefinida la relación laboral existente entre las partes, es ajustada a derecho, procediendo la desestimación del recurso formulado y la confirmación de la sentencia de instancia, en cuanto que califica el cese de la trabajadora de despido improcedente, con derecho a la indemnización correspondiente, no siendo de aplicación al caso la previsión del art. 15.5 del ET , que se refiere a la limitación de encadenamiento o sucesión de contratos temporales suscritos legalmente,quedando excluidos los supuestos de sucesión de contratos temporales fraudulentos que se regula en el art. 15.3 del ET ya citado.

Voces

Contrato de trabajo de duración determinada

Convenio colectivo

Vacaciones

Acumulación de tareas

Prueba documental

Prueba en contrario

Personas dependientes

Contrato indefinido

Días hábiles

Sustitución del trabajador

Solución de continuidad

Unidad esencial del vínculo contractual

Contrato eventual por circunstancias de producción

Fraude de ley

Sucesión de contratos temporales

Contrato de interinidad

Derecho a indemnización

Trabajador eventual

Despido improcedente

Contrato de Trabajo

Despido disciplinario