Sentencia SOCIAL Nº 138/2019, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Re...6 de Febrero de 2019
Última revisión
Sentencia SOCIAL Nº 138/2019, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1854/2017 de 26 de Febrero de 2019
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 26 de Febrero de 2019
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: GULLON RODRIGUEZ, JESUS
Nº de sentencia: 138/2019
Nº de recurso: 1854/2017
Núm. Cendoj: 28079140012019100137
Núm. Ecli: ES:TS:2019:987
Núm. Roj: STS 987:2019
Resumen
Pensión de viudedad. Falta de contradicción. Se discute sobre el requisito previsto en el artículo 174.3 párrafo cuarto, referido a los dos años de permanencia como inscrita la pareja de hecho en el registro correspondiente, a efectos de acreditar la existencia jurídica de la propia pareja de hecho. La sentencia recurrida admite la inscripción en el registro municipal de Vitoria, considera que se cumple el tiempo legalmente exigido y además se pronuncia sobre el requisito de no estar impedido para contraer matrimonio o tener vínculo matrimonial con otra persona, que debe cumplirse en el momento del fallecimiento del causante. La sentencia de contraste únicamente analiza el requisito en un supuesto simple en el que la inscripción se produjo en el registro municipal de Arcos de la Frontera sobre el que nada se discute y desde una convivencia superior a los cinco años, sin embargo la inscripción se produjo un año y tres meses antes del óbito, sin ninguna valoración o planteamiento sobre los requisitos de "no estar impedido para contraer matrimonio y, especialmente, no tener vínculo matrimonial con otra persona", que es el debate central en la sentencia recurrida.
Voces
Inscripción registral
Pensión de viudedad
Escrito de interposición
Inadmision del recurso de casación
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 5 sentencias
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder