Sentencia Social Nº 17/1999, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, R...2 de Febrero de 1999
Sentencia Social Nº 17/19...ro de 1999

Última revisión
22/02/1999

Sentencia Social Nº 17/1999, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 196/1998 de 22 de Febrero de 1999

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Orden: Social

Fecha: 22 de Febrero de 1999

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: BASTERRA MONTSERRAT, DANIEL

Nº de sentencia: 17/1999

Nº de recurso: 196/1998

Núm. Cendoj: 28079240011999100085

Núm. Ecli: ES:AN:1999:8177

Resumen
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional declara que el Bonus de Morosidad regulado en el punto 2.2 de la Instrucción "Criterios de Medición de los Objetivos y Ponderaciones 1997 Banca Comercial" es también aplicable al personal adscrito a las Direcciones de Negocio, Direcciones de Negocio Adjuntas y Direcciones de Zona, con dependencia funcional de la Dirección de Banca Comercial, incluidos sus Directores y, en consecuencia, el Bonus de Morosidad se habrá de liquidar a dicho personal adscrito a las dependencias antedichas, de conformidad con los criterios de medición y cuantías descritos en la aludida instrucción, y en función del índice de morosidad de cada una de ellas consideradas como centros de negocio. Razona la sala que, debe estarse al principio de que el error nocet erranti, debiendo soportar Caja Madrid las consecuencias de sus propios actos, no queriendo esto significar que el error deba ser consolidable y de consecuencias definitivas.

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