Sentencia Social Nº 172/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 1009/... 10 de Marzo de 2005
Última revisión
Sentencia Social Nº 172/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 1009/2005 de 10 de Marzo de 2005
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 10 de Marzo de 2005
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: GARCIA PAREDES, MARIA LUZ
Nº de sentencia: 172/2005
Nº de recurso: 1009/2005
Resumen
El TSJ estima el recurso interpuesto por la actora, en reclamación de pensión de viudedad, siendo que, para resolver el mismo la Sala analiza los requisitos generales de acceso a la pensión. Resulta que en el caso del causante se alcanza el periodo de cotización exigible si se suman los periodos de cotización de ambos regímenes, una vez descontados los periodos que se superponen. En consecuencia, está superado el requisito de carencia. Y, en cuanto al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), como requisito incondicional para acceder a las prestaciones, y a excepción del subsidio por defunción, se exige estar al corriente en el pago de las cuotas en el momento del hecho causante. Este condición se entiende cumplida cuando, cubierto el período mínimo de cotización preciso para tener derecho a la prestación de que se trate, y estando en descubierto en el pago de las restantes cuotas exigibles, el causante -o en este caso la beneficiaria de la pensión-, ingresa las cuotas debidas en el plazo improrrogable de 30 días naturales a partir de la invitación al pago que le hará la Entidad gestora; circunstancia cumplida en el presente caso.
Voces
Régimen especial de trabajadores autónomos
Período de carencia
Pensión de viudedad
Período mínimo de cotización
Cómputo recíproco
Años acreditados de cotización
Situación asimilada alta Seguridad Social
Regímenes de la Seguridad social
Auxilio por defunción
Días naturales
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