Sentencia Social Nº 177/2006, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, ... 02 de Marzo de 2006
Sentencia Social Nº 177/2...zo de 2006

Última revisión
02/03/2006

Sentencia Social Nº 177/2006, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1112/2005 de 02 de Marzo de 2006

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Orden: Social

Fecha: 02 de Marzo de 2006

Tribunal: TSJ Castilla y Leon

Ponente: MARTINEZ TORAL, CARLOS JOSE COSME

Nº de sentencia: 177/2006

Nº de recurso: 1112/2005

Núm. Cendoj: 09059340012006100174

Núm. Ecli: ES:TSJCL:2006:992

Resumen
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que declara que ninguna responsabilidad tiene la Mutua actora en orden al pago de las prestaciones de incapacidad temporal derivada de contingencia común satisfechas al trabajador que causó baja en la empresa por extinción de la relación laboral, y que la responsable de las prestaciones es el Instituto Nacional de la Seguridad Social, al desestimar el recurso interpuesto por este. Basa la Sala su pronunciamiento en que, si conforme al art. 71.1 RD 1993/1995, de 7 de Diciembre las Mutuas asumen la prestación económica por IT derivada de contingencias profesionales únicamente a favor de los trabajadores empleados por los empresarios asociados, cuando la relación laboral se extingue, como en este caso, dicha obligación desaparece, sin perjuicio del adelanto de las cantidades correspondientes, y el consiguiente derecho a recuperar las mismas, que deben ser a cargo del INSS, a partir de ese momento.

Voces

Contingencias comunes

Extinción del contrato de trabajo

Baja médica

Prestación económica

Contingencias profesionales

Alta médica

Pago de las prestaciones

Prestación de incapacidad temporal