Sentencia Social Nº 1831/2008, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenc... 03 de Junio de 2008
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Sentencia Social Nº 1831/2008, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 698/2008 de 03 de Junio de 2008
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 03 de Junio de 2008
Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana
Ponente: PEREZ NAVARRO, FRANCISCO JOSE
Nº de sentencia: 1831/2008
Nº de recurso: 698/2008
Núm. Cendoj: 46250340012008101528
Resumen
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 14 de Valencia, sobre comisión de falta muy grave. Alega el actor que la sanción ha caducado. Para el cumplimiento de la sanción de las faltas graves y muy graves requerirá comunicación escrita al trabajador, haciendo constar la fecha y los hechos que la motivan. Estamos ante una sanción de suspensión de empleo y sueldo, que obviamente no conlleva como el despido la extinción del contrato de trabajo, sino simplemente su suspensión, por lo que entendemos que no es necesario fijar el día de cumplimiento de la sanción, para de ese día derivar el cómputo del plazo de caducidad a que se refiere el artículo 114.1 de la Ley de Procedimiento Laboral, siendo sintomático que el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores no contenga referencia alguna a la caducidad de la acción impugnatoria de las faltas impuestas a los trabajadores distintas al despido.
Voces
Plazo de caducidad
Sanción de suspensión
Suspensión de empleo y sueldo
Extinción del contrato de trabajo
Carta de sanción
Cómputo de plazo de caducidad
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