Sentencia Social Nº 190/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 1139/... 17 de Marzo de 2005
Sentencia Social Nº 190/2...zo de 2005

Última revisión
17/03/2005

Sentencia Social Nº 190/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 1139/2005 de 17 de Marzo de 2005

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Orden: Social

Fecha: 17 de Marzo de 2005

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: NAVARRO FAJARDO, JUAN JOSE

Nº de sentencia: 190/2005

Nº de recurso: 1139/2005

Resumen
El TSJ confirma la sentencia recurrida que estima la pretensión de la demandante sobre el cálculo y revaloración de la prestación complementaria de viudedad a cargo de cierta Aseguradora, en virtud del seguro colectivo suscrito por la empresa demandada, al desestimar recurso interpuesto por ambos codemandados. Concluye la Sala que, la aseguradora no puede alegar que se ha conculcado el principio de equivalencia de prestaciones, cuando la propia recurrente fue la que redactó y suscribió la póliza de seguro colectivo y actuó con entera libertad para convenir y aceptar lo que estimó conveniente a sus intereses. Además, en el supuesto enjuiciado no existe oscuridad alguna en la identificación de los riesgos cubiertos por la póliza. El art. 1º de sus condiciones particulares dispone que "La presente póliza se emite para asegurar las prestaciones a la jubilación, invalidez, viudedad y orfandad de los pensionista de la Fundación Laboral Benito Cid, en adelante PENSIONISTAS, y que figuran en la relación del Anexo I, en los términos y condiciones previstos en los ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN LABORAL BENITO CID asumidas por REPSOL BUTANO, S.A., que se concretará en la presente póliza."

Voces

Competencia territorial

Fundación laboral

Cuestiones de fondo

Falta de competencia

Contrato de Trabajo

Competencia objetiva

Falta de legitimación pasiva

Declaración de hechos probados

Pensión de viudedad

Prestación de jubilación

Legitimación pasiva

Convenio colectivo

Seguridad jurídica

Bonificaciones

Prueba pericial