Sentencia Social Nº 1989/2008, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenc... 17 de Junio de 2008
Sentencia Social Nº 1989/...io de 2008

Última revisión
17/06/2008

Sentencia Social Nº 1989/2008, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1377/2008 de 17 de Junio de 2008

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Orden: Social

Fecha: 17 de Junio de 2008

Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana

Ponente: RODRIGUEZ PASTOR, GUILLERMO EMILIO

Nº de sentencia: 1989/2008

Nº de recurso: 1377/2008

Núm. Cendoj: 46250340012008102042

Resumen
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Elche, que desestimó la demanda en materia de caducidad de la acción de despido. Queda acreditado que el trabajador no acudió al acto de conciliación, y no ha acreditado causa que justificara su inasistencia y las circunstancias de hecho que aduce en el recurso no pueden tomarse en consideración por esta Sala al no constar en hechos probados, cuando pudo intentar su adición por la vía del artículo 191.b de la LPL. Así las cosas, no existiendo causa que justificara la inasistencia al acto de conciliación, la aplicación del artículo 66.2 de la LPL al presente caso comporta que no se tuviera por presentada la papeleta de conciliación y, en consecuencia, que no hubiera quedado suspendido el plazo de caducidad con la presentación de la papeleta. Y como quiera que entre la fecha del despido, y la presentación de la demanda, transcurrieran en exceso los 20 días de caducidad que fijan los artículos 59.3 del ET y 103.1 de la LPL, hemos de llegar a la conclusión de que la acción estaba caducada al momento de presentarse la demanda, por lo que procede desestimar el recurso.

Voces

Acto de conciliación

Caducidad

Fondo del asunto

Papeleta de conciliación

Intervención de abogado

Excepciones procesales

Cuestiones de fondo

Plazo de caducidad

Excepción de caducidad

No asistencia al acto de conciliación