Sentencia Social Nº 2005/2008, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenc... 18 de Junio de 2008
Sentencia Social Nº 2005/...io de 2008

Última revisión
18/06/2008

Sentencia Social Nº 2005/2008, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1597/2007 de 18 de Junio de 2008

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Orden: Social

Fecha: 18 de Junio de 2008

Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana

Ponente: PEREZ NAVARRO, FRANCISCO JOSE

Nº de sentencia: 2005/2008

Nº de recurso: 1597/2007

Núm. Cendoj: 46250340012008102057

Resumen
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto por un el INSS sobre revisión de un pensión de jubilación. Basaba su recurso el Instituto en el artículo 43.1 de la LGSS, que establece que si una prestación ya reconocida es revisada, los efectos económicos de la nueva cuantía tendrán una retroactividad máxima de tres meses. Esta regla de retroactividad máxima no operará en los supuestos de rectificación de errores materiales, de hecho o aritméticos. Toda vez que la prestación fue modificada al alza mediante sentencia firme, es lógico mantener, a falta de norma expresa de contenido contrario, que sus efectos deben retrotraerse a la fecha del reconocimiento del derecho, pues no es válido deducir, de una norma que consagra su retroacción máxima a tres meses, la misma limitación en cuanto al contenido económico del derecho ya reconocido.

Voces

Subsanación de errores

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Reintegro de prestación indebida

Sentencia firme

Prestación económica

Asistencia jurídica gratuita

Prestación de jubilación