Sentencia Social Nº 2037/2004, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon,...1 de Febrero de 2004
Sentencia Social Nº 2037/2004, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2037/2004 de 01 de Febrero de 2004
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 01 de Febrero de 2004
Tribunal: TSJ Castilla y Leon
Ponente: BENITO LOPEZ, MANUEL MARIA
Nº de sentencia: 2037/2004
Nº de recurso: 2037/2004
Núm. Cendoj: 47186340012004102703
Núm. Ecli: ES:TSJCL:2004:542
Resumen
El TSJ estima el recurso interpuesto pro la trabajadora actora y declara su derecho a percibir el complemento de antigüedad en iguales condiciones que el personal laboral fijo de la plantilla de la administración demandada y el complemento de jornada partida también en los meses de julio y agosto de 2003. Declara la Sala que, su puesto de trabajo no es otro que el de ayudante de cocina en un centro educativo de la Consejería de Educación, y, con independencia de si los usuarios del centro son alumnos del Instituto, como ocurre durante el curso lectivo, o alumnos de curso de verano, como ocurre en los meses de julio y agosto, su horario y funciones son exactamente las mismas, y ocurre que en el citado mes realizó también jornada partida, por lo que tiene derecho a percibir el citado complemento. Y resulta inconcebible que se diga por la demandada para negarlo que las actividades que realizó indicado mes son ajenas a las propias de su puesto de trabajo y que en su caso tal complemento le debería ser abonado por la entidad que las organiza.
Voces
Complemento ad personam
Jornada partida
Interinidad
Principio de igualdad
Trabajador fijo
Puesto de trabajo
Trienio
Recibo de salarios
Vacaciones
Ius cogens
Condiciones de trabajo
Convenio colectivo
Descanso semanal
Plus de antigüedad
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