Sentencia Social Nº 211/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de l... 29 de Marzo de 2004
Sentencia Social Nº 211/2...zo de 2004

Última revisión
29/03/2004

Sentencia Social Nº 211/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 6, Rec 76/2004 de 29 de Marzo de 2004

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Orden: Social

Fecha: 29 de Marzo de 2004

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: CEA AYALA, BENEDICTO

Nº de sentencia: 211/2004

Nº de recurso: 76/2004

Núm. Cendoj: 28079340062004100112

Resumen
El TSJ confirma la procedencia de despido de trabajadora actora, declarado en la instancia, al desestimar el recurso interpuesto por esta. Declara la Sala que, es cierto, respecto a la desobediencia imputada, en relación a la no cumplimentación de determinado inventario, cuando, al parecer, la persona encargada de los materiales había causado baja en esas fechas, que puede resultar desproporcionada su calificación como falta muy grave, habida cuenta que tales circunstancias sirven para, al menos, aminorar las notas de gravedad y culpabilidad que son exigibles en dichos incumplimientos contractuales para merecer la sanción máxima de despido, al igual que respecto al retraso en la comunicación de la baja de aquel trabajador, almacenero de la empresa. Pero no lo es menos, respecto a la concurrencia desleal con la actividad de la empresa, que igualmente se imputa a la actora, que basta la creación, por la demandante, de una entidad mercantil dedicada a la misma actividad que la de su empleadora, tal como así se ha declarado probado, para poder reputar, que en el supuesto de autos concurre un incumplimiento contractual grave y culpable a cargo de la actora que es merecedor por ello de la sanción máxima de despido, pues no existe autorización, expresa o tácita, a cargo de la empleadora, para ejercer dicha concurrencia.

Voces

Proceso de despido disciplinario

Recibo de salarios

Valoración de la prueba

Interrogatorio de las partes

Transgresión de la buena fe contractual

Convenio colectivo

Contenido de la carta de despido

Alta en la Seguridad Social

Convenio colectivo aplicable

Despido procedente