Sentencia Social Nº 213/2008, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 856/2005 de 11 de Enero de 2008
- Orden: Social
- Fecha: 11 de Enero de 2008
- Tribunal: TSJ Cataluña
- Ponente: Pose Vidal, Sara Maria
- Núm. Sentencia: 213/2008
- Núm. Recurso: 856/2005
- Núm. Cendoj: 08019340012008100307
Se desestima el recurso de suplicación formulado por el trabajador y se estima el formulado por la empresa revocando parcialmente la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 20 de Barcelona en autos de reclamación de cantidad. La Sala procede a la compensación de los derechos económicos del trabajador con los del empresario derivados del incumplimiento de preaviso de aquel. La Sala declara que no se trata de una fórmula reconvencional a decidir en procedimiento independiente, sino una excepción de compensación que, oportunamente alegada en el acto de la vista, debió ser atendida, al no ser la pretensión empresarial obtener un exceso de crédito por vía reconvencional y sí únicamente deducir del crédito que se le reclama el importe del que dice ostentar, y que incluye también la compensación indemnizatoria por incumplimiento del pacto de permanencia.
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