Sentencia Social Nº 216/2013, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, ...de Diciembre de 2013
Sentencia Social Nº 216/2...re de 2013

Última revisión
24/01/2014

Sentencia Social Nº 216/2013, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 237/2013 de 02 de Diciembre de 2013

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Social

Fecha: 02 de Diciembre de 2013

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: BODAS MARTIN, RICARDO

Nº de sentencia: 216/2013

Nº de recurso: 237/2013

Núm. Cendoj: 28079240012013100230

Núm. Ecli: ES:AN:2013:5398

Núm. Roj: SAN 5398/2013

Resumen
IMPUGNACIÓN DE MODIFICACIÓN SUSTANCIAL COLECTIVA. AUNQUE LA EMPRESA HABRÍA PODIDO APORTAR LA DOCUMENTACIÓN EXIGIDA POR LOS DEMANDANTES, APORTÓ DOCUMENTACIÓN SUFICIENTE PARA PERMITIR QUE EL PERÍODO DE CONSULTAS ALCANZASE SUS FINES. Impugnada una modificación sustancial colectiva, porque no se negoció de buena fe, no se aportaron los documentos exigidos legal y reglamentariamente y porque la supresión del plan de pensiones no se cohonestaba con la realidad empresarial. - Se desestima la demanda, porque se acreditó que la empresa explicó sobradamente sus razones y aclaró las dudas de los demandantes y realizó ofrecimientos relevantes, que no fueron aceptados de contrario. - Se entiende que la empresa, aunque habría podido aportar la documentación exigida por los demandantes, aportó documentación suficiente para permitir que el período de consultas alcanzase sus fines. - Se tienen probadas las pérdidas de la empresa, aunque su EBITDA fuera positivo, por cuanto no se acreditó la vulneración de normas mercantiles, contables o fiscales en la confección de sus cuentas, que arrojan efectivamente pérdidas. - Se declara justificada la medida, porque la empresa acreditó problemas de competitividad y productividad, así como de organización del trabajo, que justifican la adecuación de la medida, por cuanto la reducción de costes del plan de pensiones permitirá ajustar sus costes salariales a la realidad productiva de la empresa, contribuyendo a su competitividad.

Voces

Finalización del período de consultas

Período de consultas

Convenio colectivo

Buena fe

Representación de los trabajadores

Plan de pensiones

Incapacidad permanente absoluta

Condiciones de trabajo

Enfermedad profesional

Causas económicas

Vigencia del convenio colectivo

Causas económicas, técnicas, organizativas y de producción

Incremento salarial

Jubilación anticipada

Despido colectivo

Comisión Paritaria

Comité de empresa

Inaplicación de convenio colectivo

Negociación del período de consultas

Enfermedad Común

Accidente laboral

Enfermedad común o accidente no laboral

Modificación sustancial de carácter colectivo

Inscripción registral

Flexibilidad interna

Trabajo a turnos

Informes periciales

Negociación colectiva

Documentos aportados

Jornada laboral

Convenio colectivo aplicable

Acción protectora

Movilidad funcional