Sentencia Social Nº 217/2008, Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, Sala...e 06 de Mayo de 2008
Sentencia Social Nº 217/2...yo de 2008

Última revisión
06/05/2008

Sentencia Social Nº 217/2008, Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 51/2008 de 06 de Mayo de 2008

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Orden: Social

Fecha: 06 de Mayo de 2008

Tribunal: TSJ Extremadura

Ponente: BRAVO GUTIERREZ, PEDRO

Nº de sentencia: 217/2008

Nº de recurso: 51/2008

Núm. Cendoj: 10037340012008100234

Resumen
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Cáceres sobre pensión de jubilación. No puede considerarse que concurra en la revisión de la pensión de la demandante la excepción a la regla general contenida en la LGSS, por lo que, en virtud de esa regla general, los efectos económicos de la nueva cuantía reconocida tendrán una retroactividad máxima de tres meses desde la fecha de presentación de su solicitud, que es lo que se le ha abonado por la entidad gestora.

Voces

Prestación de jubilación

Subsanación de errores

Cuantía de las prestaciones

Error material

Convenio colectivo

Reconocimiento de las prestaciones

Representante de comercio

Reintegro de prestación indebida

Incapacidad permanente

Seguridad jurídica

Contrato de Trabajo

Tesorería General de la Seguridad Social

Convenio colectivo aplicable

Prestaciones indebidamente percibidas

Acto jurídico

Equidad