Sentencia Social Nº 218/2013, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, ...e 22 de Mayo de 2013
Sentencia Social Nº 218/2...yo de 2013

Última revisión
16/05/2014

Sentencia Social Nº 218/2013, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 213/2013 de 22 de Mayo de 2013

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Social

Fecha: 22 de Mayo de 2013

Tribunal: TSJ Castilla y Leon

Ponente: SANCHO ARANZASTI, ANA

Nº de sentencia: 218/2013

Nº de recurso: 213/2013

Núm. Cendoj: 09059340012013100228

Resumen
SUBSIDIO POR MATERNIDAD. MENOR NACIDA EN SENEGAL PERO RESIDENTE CON SU MADRE EN ESPAÑA. El subsidio por maternidad se devenga desde el mismo día en que de comienzo el periodo de descanso correspondiente, sometiéndose su reconocimiento a solicitud previa por parte del interesado/a, previéndose los supuestos de parto y adopción o acogimiento. En este último supuesto, deberán aportarse la resolución judicial por la que se constituye la adopción, o bien la resolución administrativa o judicial por la que se concede el acogimiento familiar y la certificación de la empresa o administración pública en la que conste, respectivamente, la fecha de inicio de la suspensión laboral o del permiso.

Voces

Prestación por maternidad

Maternidad a efectos laborales

Prueba documental

Certificado de Empresa

Tesorería General de la Seguridad Social

Medios de prueba

Modificación del hecho probado

Valoración de la prueba

Fuerza probatoria

Trabajador por cuenta ajena

Período mínimo de cotización

Riesgo durante el embarazo

Prestación económica

Riesgo durante la lactancia

Lactancia natural

Régimen General de la Seguridad Social

Reconocimiento judicial

Declaración de hechos probados