Sentencia SOCIAL Nº 22/2019, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, R...4 de Febrero de 2019
Sentencia SOCIAL Nº 22/20...ro de 2019

Última revisión
07/03/2019

Sentencia SOCIAL Nº 22/2019, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 348/2018 de 14 de Febrero de 2019

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Orden: Social

Fecha: 14 de Febrero de 2019

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: GALLO LLANOS, RAMON

Nº de sentencia: 22/2019

Nº de recurso: 348/2018

Núm. Cendoj: 28079240012019100020

Núm. Ecli: ES:AN:2019:370

Núm. Roj: SAN 370:2019

Resumen
CONFLICTO COLECTIVO La Audiencia nacional desestima la demanda promovida por CGT impugnando el reglamento electoral del grupo Renfe. Se desestiman las excepciones de inadecuación de procedimiento y falta de acción, pues existiendo un interés común e indivisible de un grupo genérico de trabajadores resulta adecuada la modalidad procesal de conflicto colectivo, no operando, por otro lado, el art. 127.2 de la LRJS cuando no consta que el preaviso haya tenido acceso en la oficina pública. No resulta contrario al art. 10.2 del RD 1844/1994 que sea el propio trabajador que va a hacer uso de facultad de votar por correo quién lo comunique personalmente a la mesa electoral, pues el precepto habilita expresamente que tal comunicación se haga directamente a la mesa por persona autorizada, lo que implícitamente supone que se admite que se haga personalmente por el propio interesado.

Voces

Conflicto colectivo laboral

Sindicatos

Autoridad laboral

Proceso en materia electoral

Interés legitimo

Centro de trabajo

Días hábiles

Representación de los trabajadores

Sindicato más representativo

Proceso de conflicto colectivo

Falta de capacidad

Laudo arbitral

Prevención de riesgos laborales

Comité de empresa

Delegado de personal

Libertad sindical

Convenio colectivo

Elección de representantes de los trabajadores

Intervención y administración judicial

Derecho a la libertad sindical

Tutela de la libertad sindical

Cuestiones de fondo

Datos personales