Sentencia Social Nº 270/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de l... 30 de Marzo de 2004
Sentencia Social Nº 270/2...zo de 2004

Última revisión
30/03/2004

Sentencia Social Nº 270/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 2, Rec 6463/2003 de 30 de Marzo de 2004

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Orden: Social

Fecha: 30 de Marzo de 2004

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: MORALES VALLEZ, CONCEPCION

Nº de sentencia: 270/2004

Nº de recurso: 6463/2003

Núm. Cendoj: 28079340022004100208

Resumen
En proceso seguido sobre despido, el TSJ estima el recurso interpuesto por la parte actora a los solos efectos de determinar que la indemnización ex artículo 56.2 del RDL 1/1995, de 24 de marzo asciende a la cantidad de 10.239,55 € y los salarios devengados entre el 23 y el 28 de abril de 2003, a la cantidad de 1.270,1 €. Y ello porque, según recoge la sentencia, en el presente caso, consta acreditado, que la empresa efectuó una consignación con anterioridad a la fecha de conciliación, por importe de 16.021,07 €, de las cuales 8.952,57€, lo fueron en concepto de indemnización, de modo que con reiteración de la doctrina que la Sala viene expresando en relación al tema que nos ocupa, al ser el salario jurídicamente controvertido, y existir una diferencia de consignación en cuanto a la indemnización, de escasa cuantía, a criterio de la Sala, debe calificarse el error de cálculo cometido por la empleadora, como de error excusable y habiendo sido presidido por la buena fe, en su actuación, tiene cabida el otorgarle a la mercantil, el beneficio previsto en el precitado artículo 56.2 del RDL 1/1995, de 24 de marzo.

Voces

Representación procesal

Despido improcedente

Recibo de salarios

Salarios de tramitación

Salario bruto

Modificación del hecho probado

Valor de mercado

Salario bruto mensual

Acto de conciliación

Error de hecho

Pagas extraordinarias

Error de cálculo

Salario en especie

Buena fe

Despido disciplinario

Cuenta de depósitos y consignaciones

Beneficio de justicia gratuita