Sentencia Social Nº 2930/2003, Tribunal Superior de Justicia de Pais Vasco, Sala...de Diciembre de 2003
Sentencia Social Nº 2930/...re de 2003

Última revisión
19/12/2003

Sentencia Social Nº 2930/2003, Tribunal Superior de Justicia de Pais Vasco, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2459/2003 de 19 de Diciembre de 2003

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Orden: Social

Fecha: 19 de Diciembre de 2003

Tribunal: TSJ Pais Vasco

Ponente: BIURRUN MANCISIDOR, GARBIñE

Nº de sentencia: 2930/2003

Nº de recurso: 2459/2003

Núm. Cendoj: 48020340012003102824

Resumen
En proceso seguido en reclamación de cantidades en concepto de horas extraordinarias, el TSJ estima recurso interpuesto por trabajador porque no resulta correcto el calculo de las mismas por el juzgador de instancia. Entiende esta Sala que no se aprecia razón para no computar dentro del salario anual las pagas extras, dado que éstas remuneran también el trabajo efectivamente realizado, e incluso el pago de las vacaciones, que remunera el descanso en función del trabajo ya desempeñado. En definitiva, ha de entenderse que el salario real anual es el que ha de computarse para el cálculo del valor de la hora ordinaria de trabajo, pues todo él se devenga en función de las horas trabajadas.

Voces

Horas extraordinarias

Medios de prueba

Baja médica

Vacaciones

Jornada diaria

Jornada ordinaria

Pagas extraordinarias

Prueba de testigos

Contrato de Trabajo

Papeleta de conciliación

Salario bruto anual

Convenio colectivo

Fuerza probatoria

Prueba pericial

Jornada anual

Negociación colectiva

Error de derecho

Valoración de la prueba

Derecho subjetivo

Jornada máxima

Jornada laboral

Centro de trabajo

Jornada partida

Retribución de horas extraordinarias

Descanso retribuido

Beneficio de justicia gratuita

Honorario profesional del abogado