Sentencia Social Nº 2961/2006, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenc...4 de Octubre de 2006
Última revisión
Sentencia Social Nº 2961/2006, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1087/2005 de 04 de Octubre de 2006
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 04 de Octubre de 2006
Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana
Ponente: PEREZ NAVARRO, FRANCISCO JOSE
Nº de sentencia: 2961/2006
Nº de recurso: 1087/2005
Núm. Cendoj: 46250340012006103550
Núm. Ecli: ES:TSJCV:2006:7677
Resumen
En el recurso de suplicación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 8 de Valencia se declara de oficio la incompetencia de jurisdicción. Se determina que la competencia del orden social que establecía el art. 45 de la Ley general de la Seguridad social de 1974, lo era para los litigios entre las Entidades gestoras y, en su caso, Servicios de la Seguridad Social y el personal a su servicio, personal regido por lo previsto en los Estatutos de Personal aprobados por el Ministerio de Trabajo o, por el Estatuto general aprobado por el propio Ministerio. Y este personal, después de las trasferencias, ya no es empleado de las Entidades Gestoras o Servicios de las mismas, sino de la Comunidad Autónoma correspondiente y ya no se rige por aquellos estatutos de personal, sino por el nuevo Estatuto Marco aprobado por la Ley. Por lo tanto desde la entrada en vigor de la ley 55/2003, que aprueba el referido Estatuto Marco, son competentes para el conocimiento de estos litigios entre la instituciones sanitarias de la Comunidad autónoma y el personal funcionario a su servicio los Juzgados y Tribunales de Orden Contencioso Administrativo, en aplicación de lo dispuesto en el art. 9.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en relación con el art. 1 de la Ley 29/1998.
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