Sentencia Social Nº 3099/2007, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala ...de Noviembre de 2007
Sentencia Social Nº 3099/...re de 2007

Última revisión
14/11/2007

Sentencia Social Nº 3099/2007, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1152/2007 de 14 de Noviembre de 2007

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Orden: Social

Fecha: 14 de Noviembre de 2007

Tribunal: TSJ Andalucia

Ponente: ANGULO MARTIN, ANTONIO

Nº de sentencia: 3099/2007

Nº de recurso: 1152/2007

Núm. Cendoj: 18087340012007101192

Resumen
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Jaén sobre prestación de seguro obligatorio de vejez e invalidez. En el presente caso sólo se debate acerca de si la situación de la actora es o no constitutiva del grado de IPT, pues su profesión habitual, operaria en una fábrica de envases, no se discute, por lo que ha de concluirse que concurren todos los demás requisitos necesarios para acceder al subsidio que postula, y desde esta perspectiva ha de significarse que la censura jurídica que se argumenta por la Entidad Gestora recurrente carece del adecuado fundamento, ya que a la demandante, nacida en 1.945, se le objetivan reducciones funcionales que determinan sin duda alguna una manifiesta incapacidad para llevar a cabo las tareas fundamentales de la profesión antes indicada.

Voces

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Periodos previos de cotización

Incapacidad permanente total

Profesión habitual

Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional

Grado de incapacidad

Seguro de vejez e invalidez (SOVI)