Sentencia Social Nº 3397/2007, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala ...de Diciembre de 2007
Última revisión
Sentencia Social Nº 3397/2007, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Social, Sección 2, Rec 1339/2007 de 05 de Diciembre de 2007
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 05 de Diciembre de 2007
Tribunal: TSJ Andalucia
Ponente: CAPILLA RUIZ-COELLO, JOSE MARIA
Nº de sentencia: 3397/2007
Nº de recurso: 1339/2007
Núm. Cendoj: 18087340022007101446
Resumen
Se desestima el recurso de suplicación contra la sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de lo Social nº 4 de Granada, sobre pensión de orfandad. Establece la Ley que en los casos en que el hijo del causante no efectúe trabajo lucrativo por cuenta ajena o propia, o cuando realizándolo, los ingresos que obtenga en cómputo anual resulten inferiores al 75 por 100 del salario mínimo interprofesional, que se fije en cada momento, también en cómputo anual, podrá ser beneficiario de la pensión de orfandad siempre que, cumpla el requisito de edad. Correctamente el Juez de instancia, aplicando la Jurisprudencia, realizó el cómputo de ingresos brutos del demandante, concluyendo que aquellos sobrepasan dicho porcentaje, por lo que no podía ser beneficiario de la pensión interesada.
Voces
Pensión de orfandad
Salario mínimo interprofesional
Tesorería General de la Seguridad Social
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Beneficiario de la prestación
Pensión de viudedad
Periodos previos de cotización
Cuotas de cotización
Régimen especial de trabajadores autónomos
Cotización a la Seguridad Social
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