Sentencia Social Nº 356/2005, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, ... 07 de Junio de 2005
Sentencia Social Nº 356/2...io de 2005

Última revisión
07/06/2005

Sentencia Social Nº 356/2005, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 356/2005 de 07 de Junio de 2005

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Social

Fecha: 07 de Junio de 2005

Tribunal: TSJ Castilla y Leon

Ponente: MARTINEZ TORAL, CARLOS JOSE COSME

Nº de sentencia: 356/2005

Nº de recurso: 356/2005

Núm. Cendoj: 09059340012005100335

Resumen
El TSJ confirma la procedencia de pretensión instada por médico APD integrado en cierto Centro de Salud, tendente al reconocimiento de cierta cantidad en concepto de guardias médicas señaladas de presencia física, al desestimar el recurso interpuesto por la administración demandada. Declara la Sala que, si por decisión de la Junta de Castilla y León, la jornada semanal ordinaria del colectivo sanitario promotor del presente Conflicto Colectivo se estructura de lunes a viernes de ocho a quince horas, estableciéndose un turno de atención continuada desde las quince hasta las ocho horas, excepto los fines de semana y festivos que será de nueve a nueve horas, resulta evidente que por decisión del Organismo Público competente se impone una prestación de asistencia médica, fuera de la jornada normal de trabajo, que debe ser retribuida conforme a lo previsto en las propias normas que se invocan como violadas por parte de la sentencia de instancia.

Voces

Jornada semanal

Conflicto colectivo laboral

Jornada ordinaria

Sindicatos

Perjuicios económicos

Beneficio de justicia gratuita