Sentencia Social Nº 3738/2006, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3518/2006 de 05 de Diciembre de 2006
- Orden: Social
- Fecha: 05 de Diciembre de 2006
- Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana
- Ponente: Boronat Tormo, Maria Mercedes
- Núm. Sentencia: 3738/2006
- Núm. Recurso: 3518/2006
- Núm. Cendoj: 46250340012006103379
- Núm. Ecli: ES:TSJCV:2006:7481
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto frente a Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Castellón sobre sanción a trabajador. La Sala determina que no procede la revisión fáctica solicitada, al no haberse acreditado fehacientemente el error en la valoración de hechos practicada por el Juzgador de instancia. Señala asimismo que se requieren dos criterios para determinar el rendimiento considerado normal, cuyo incumplimiento puede dar lugar a sanción: el subjetivo, que aprecia el concreto rendimiento personal, y el objetivo, que permite la comparación con parámetros prefijados o con el trabajo de otros trabajadores de la misma empresa y en iguales circunstancias y condiciones. La Sala establece que además es necesario que exista constancia del ritmo normal o pactado de trabajo y de la voluntariedad del trabajador, que viene equiparándose a culpabilidad. En el supuesto de autos, consta un rendimiento del trabajador muy inferior al de sus compañeros, que resulta además injustificado puesto que se ha constatado médicamente que se trata de un puesto de trabajo para el que el recurrente resulta apto.
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