Sentencia Social Nº 386/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de l... 04 de Junio de 2008
Sentencia Social Nº 386/2...io de 2008

Última revisión
04/06/2008

Sentencia Social Nº 386/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 2, Rec 1267/2008 de 04 de Junio de 2008

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Orden: Social

Fecha: 04 de Junio de 2008

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: MARTIN JIMENEZ, RODRIGO

Nº de sentencia: 386/2008

Nº de recurso: 1267/2008

Núm. Cendoj: 28079340022008100199

Resumen
Se estima parcialmente el recurso de suplicación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 12 de Madrid, sobre libertad sindical. La sentencia de instancia declaró vulnerado el derecho de libertad sindical demandante y condenó a la empresa demandada, a dejar sin efecto el Protocolo de uso de correo electrónico corporativo y el Procedimiento para el tratamiento de la información y uso del papel en la empresa, a permitir el uso del correo electrónico corporativo, impresoras y fotocopiadoras en las mismas condiciones que existían antes de su publicación y a facilitar a los representantes unitarios y sindicales el material de oficina que precisen. La cuestión a resolver pasa por determinar si la medida acordada lesiona o no el contenido del derecho fundamental. De los hechos declarados probados se desprende que, junto a la restricción en el envío de correos "masivos", la empresa ofrece la posibilidad de utilizar unas "carpetas públicas" creadas ex novo con el fin de facilitar la difusión de cuanta información quieran poner a disposición de los trabajadores el Comité de Empresa y las Secciones Sindicales. Según la Sala, no puede considerarse que la preordenación del uso del correo electrónico pueda reputarse antisindical puesto que los representantes de los trabajadores pueden seguir haciendo un uso "no masivo" del correo electrónico y además, pueden utilizar sin restricción alguna un sistema alternativo e igualmente eficaz para la difusión de información sindical cual es el de las carpetas públicas. En consecuencia, quedan plenamente garantizados los derechos de información sindical y de representación y participación garantizados, respectivamente en la Ley Orgánica de Libertad Sindical y en el Estatuto de los Trabajadores.

Voces

Sección sindical

Comité de empresa

Libertad sindical

Delegado sindical

Sindicatos

Representación de los trabajadores

Modificación del hecho probado

Buena fe

Derecho a la libertad sindical

Interés legitimo

Derecho adquirido

Voluntad