Sentencia Social Nº 4/2004, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valencian... 23 de Enero de 2004
Sentencia Social Nº 4/200...ro de 2004

Última revisión
23/01/2004

Sentencia Social Nº 4/2004, Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 23/2003 de 23 de Enero de 2004

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Orden: Social

Fecha: 23 de Enero de 2004

Tribunal: TSJ Comunidad Valenciana

Ponente: MORENO DE VIANA-CARDENAS, ISABEL

Nº de sentencia: 4/2004

Nº de recurso: 23/2003

Núm. Cendoj: 46250340012004100134

Núm. Ecli: ES:TSJCV:2004:223

Resumen
Se solicita en la demanda iniciadora de este procedimiento la tutela de los derechos de libertad sindical, que entiende conculcados el Sindicato demandante, como consecuencia de la, a su juicio, defectuosa convocatoria de la primera reunión de los representantes que resultaron elegidos en las elecciones celebradas el 16 de junio del 2.003. En el supuesto ahora enjuiciado, el derecho de libertad sindical que se invoca violado no es directamente el afectante a funcionarios, sino que aquél sería titularidad directa del Sindicato de trabajadores demandante, y, además, los denunciados como presuntos infractores del derecho fundamental no están integrados sólo por una Administración Pública sino conjuntamente con ésta por otros Sindicatos de trabajadores y por una Asociación empresarial, por lo que desde el punto de vista subjetivo y objetivo entiende la Sala de suplicación que no existe base para excluir la competencia del orden jurisdiccional social. En cuanto al fondo el recurso es también desestimado porque, el hecho de que tal convocatoria no se realizara por escrito, no conculca el derecho de libertad sindical denunciado, que solo tendría lugar, si se hubiera probado cumplidamente la imposibilidad del Sindicato demandante de asistir a esa primera reunión para ejercitar su derecho a nombrar candidatos para cargos o para discutir el contenido del Reglamento aprobado, pues ninguna norma establece la obligación de que la convocatoria de esta primera reunión, cuando la Junta de Personal aun no esta constituida, deba realizarse por escrito.

Voces

Sindicatos

Libertad sindical

Tutela de la libertad sindical

Derecho a huelga

Condiciones de trabajo

Negociación colectiva

Falta de competencia

Falta de legitimación pasiva

Legitimación activa

Cuestión de competencia

Centro de trabajo

Derecho de reunión