Sentencia Social Nº 438/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de l...e 11 de Mayo de 2004
Sentencia Social Nº 438/2...yo de 2004

Última revisión
11/05/2004

Sentencia Social Nº 438/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 2, Rec 5864/2003 de 11 de Mayo de 2004

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Social

Fecha: 11 de Mayo de 2004

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: GARCIA ALARCON, MARIA VIRGINIA

Nº de sentencia: 438/2004

Nº de recurso: 5864/2003

Núm. Cendoj: 28079340022004100220

Resumen
La razón esencial de esta extinción de las relaciones laborales no se centra tanto en la concurrencia de la jubilación del empresario individual (o su muerte o incapacidad), como en el hecho de que éstas hayan determinado la desaparición o cese de la actividad empresarial. Se produce así un doble encadenamiento causal: la jubilación (o la muerte o incapacidad) del empresario ocasiona el cierre de la explotación, y este cierre, provocado por aquella causa, justifica la extinción de los contratos de trabajo. En base a lo anterior, la Sala llega a concluir que, en primer lugar, no hay enfermedad nueva alguna, ni agravación actual de los padecimientos del actor que determinen que no pueda continuar al frente del negocio como lo ha venido haciendo los últimos años y, en segundo lugar, sus dolencias no tienen entidad suficiente como para considerar la existencia de tal incapacidad como permanente ya que se limitan a meras agudizaciones de su EPOC, puntuales, coincidentes con catarros y que remiten en pocos días, por lo que no es de aplicación la causa extintiva alegada y, por consiguiente, la extinción constituye un despido improcedente.

Voces

Jubilación del empresario

Extinción del contrato por jubilación

Cese de actividad

Extinción del contrato de trabajo

Jubilación del empresario individual

Incapacidad del empresario

Relaciones de trabajo

Despido improcedente

Contrato de Trabajo

Salarios de tramitación

Impago de salario

Readmisión del trabajador