Sentencia SOCIAL Nº 487/2018, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Re...e 09 de Mayo de 2018
Última revisión
Sentencia SOCIAL Nº 487/2018, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 4024/2016 de 09 de Mayo de 2018
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 09 de Mayo de 2018
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: LOPEZ GARCIA DE LA SERRANA, JOSE MANUEL
Nº de sentencia: 487/2018
Nº de recurso: 4024/2016
Núm. Cendoj: 28079140012018100493
Núm. Ecli: ES:TS:2018:2143
Núm. Roj: STS 2143:2018
Resumen
Despido. Excedencia. Reingreso. Debe hacerse en las condiciones que marca el convenio colectivo de aplicación. Falta de contradicción. Porque un convenio sanciona con la pérdida del derecho al reingreso la falta de preaviso en tiempo y forma y el otro no establece esa sanción expresa.
Voces
Excedencia voluntaria
Convenio colectivo
Trabajador excedente
Excedencias laborales
Convenio colectivo aplicable
Convenio colectivo de Grandes almacenes
Escrito de interposición
Despido improcedente
Ausencia de preaviso
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