Sentencia SOCIAL Nº 487/2018, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Re...e 09 de Mayo de 2018
Sentencia SOCIAL Nº 487/2...yo de 2018

Última revisión
21/06/2018

Sentencia SOCIAL Nº 487/2018, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 4024/2016 de 09 de Mayo de 2018

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Orden: Social

Fecha: 09 de Mayo de 2018

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: LOPEZ GARCIA DE LA SERRANA, JOSE MANUEL

Nº de sentencia: 487/2018

Nº de recurso: 4024/2016

Núm. Cendoj: 28079140012018100493

Núm. Ecli: ES:TS:2018:2143

Núm. Roj: STS 2143:2018

Resumen
Despido. Excedencia. Reingreso. Debe hacerse en las condiciones que marca el convenio colectivo de aplicación. Falta de contradicción. Porque un convenio sanciona con la pérdida del derecho al reingreso la falta de preaviso en tiempo y forma y el otro no establece esa sanción expresa.

Voces

Excedencia voluntaria

Convenio colectivo

Trabajador excedente

Excedencias laborales

Convenio colectivo aplicable

Convenio colectivo de Grandes almacenes

Escrito de interposición

Despido improcedente

Ausencia de preaviso