Sentencia Social Nº 490/2005, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de... 21 de Enero de 2005
Sentencia Social Nº 490/2...ro de 2005

Última revisión
21/01/2005

Sentencia Social Nº 490/2005, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 6262/2004 de 21 de Enero de 2005

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Orden: Social

Fecha: 21 de Enero de 2005

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: POSE VIDAL, SARA MARIA

Nº de sentencia: 490/2005

Nº de recurso: 6262/2004

Núm. Cendoj: 08019340012005100345

Resumen
El TSJ estima el recurso interpuesto por el trabajador actor, declarando la nulidad radical del sistema de atribución del derecho al percibo del bonus AVE establecido por el BANCO demandado y condenando a dicha entidad al cese inmediato de tal actuación, y al abono, en concepto de indemnización por daños materiales, al trabajador, de la suma de 1000 euros. Basa la Sala su pronunciamiento en que existe una clara arbitrariedad en la concesión en aquellos casos, como el examinado, en que el trabajador está dentro del peor 20%, habida cuenta de que la decisión final ya no queda sujeta a criterios objetivos, aunque sean discrecionales, sino a la decisión del director de la oficina que goza de absoluta libertad para decidir a quién rescata y a quién no, por lo que debe ser estimado el recurso y revocada la sentencia de instancia, declarando discriminatorio el sistema de concesión del bonus AVE, en los términos expuestos.

Voces

Error de hecho

Declaración de hechos probados

Crédito horario

Valoración de la prueba

Medios de prueba

Inversión de la carga de la prueba

Libertad sindical

Cargo sindical

Daños materiales

Voluntad

Salario variable

Cuantía de la indemnización

Vulneración de derechos fundamentales