Sentencia Social Nº 490/2005, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de... 21 de Enero de 2005
Última revisión
Sentencia Social Nº 490/2005, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 6262/2004 de 21 de Enero de 2005
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 21 de Enero de 2005
Tribunal: TSJ Cataluña
Ponente: POSE VIDAL, SARA MARIA
Nº de sentencia: 490/2005
Nº de recurso: 6262/2004
Núm. Cendoj: 08019340012005100345
Resumen
El TSJ estima el recurso interpuesto por el trabajador actor, declarando la nulidad radical del sistema de atribución del derecho al percibo del bonus AVE establecido por el BANCO demandado y condenando a dicha entidad al cese inmediato de tal actuación, y al abono, en concepto de indemnización por daños materiales, al trabajador, de la suma de 1000 euros. Basa la Sala su pronunciamiento en que existe una clara arbitrariedad en la concesión en aquellos casos, como el examinado, en que el trabajador está dentro del peor 20%, habida cuenta de que la decisión final ya no queda sujeta a criterios objetivos, aunque sean discrecionales, sino a la decisión del director de la oficina que goza de absoluta libertad para decidir a quién rescata y a quién no, por lo que debe ser estimado el recurso y revocada la sentencia de instancia, declarando discriminatorio el sistema de concesión del bonus AVE, en los términos expuestos.
Voces
Error de hecho
Declaración de hechos probados
Crédito horario
Valoración de la prueba
Medios de prueba
Inversión de la carga de la prueba
Libertad sindical
Cargo sindical
Daños materiales
Voluntad
Salario variable
Cuantía de la indemnización
Vulneración de derechos fundamentales
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