Sentencia Social Nº 547/2006, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala d...5 de Febrero de 2006
Sentencia Social Nº 547/2...ro de 2006

Última revisión
15/02/2006

Sentencia Social Nº 547/2006, Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2451/2005 de 15 de Febrero de 2006

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Orden: Social

Fecha: 15 de Febrero de 2006

Tribunal: TSJ Andalucia

Ponente: BARRAGAN MORALES, JOSE LUIS

Nº de sentencia: 547/2006

Nº de recurso: 2451/2005

Núm. Cendoj: 29067340012006100203

Núm. Ecli: ES:TSJAND:2006:1197

Resumen
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 6 de Málaga, sobre incapacidad permanente total. La Sala recuerda que "el incremento del 20% de la pensión de incapacidad permanente total, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, sólo es aplicable a quienes hayan sido declarados en tal situación con posterioridad al 1 de Enero de 2003". Es por ello que la Sala entiende que la decisión de no reconocer el aumento al recurrente, no constituye una infracción del principio de igualdad, ya que "la denegación del incremento solicitado se debe a que cuando se produjo el hecho causante de la prestación, que tiene reconocida, no se hallaba vigente la posibilidad de conceder el incremento solicitado".

Voces

Incapacidad permanente total

Principio de igualdad

Igualdad ante la ley

Régimen especial de trabajadores autónomos

Incapacidad permanente