Sentencia SOCIAL Nº 548/2018, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Re...e 18 de Mayo de 2018
Sentencia SOCIAL Nº 548/2...yo de 2018

Última revisión
05/07/2018

Sentencia SOCIAL Nº 548/2018, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2843/2016 de 18 de Mayo de 2018

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Orden: Social

Fecha: 18 de Mayo de 2018

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MORALO GALLEGO, SEBASTIAN

Nº de sentencia: 548/2018

Nº de recurso: 2843/2016

Núm. Cendoj: 28079140012018100560

Núm. Ecli: ES:TS:2018:2333

Núm. Roj: STS 2333:2018

Resumen
Banco CEISS. Caja de España de Inversiones, Salamanca y Soria. Impugnación de despido individual derivado de despido colectivo. Requisitos de la notificación del despido individual a los trabajadores afectados. No es necesario que en la carta se incorporen los criterios de selección, ni los concretos razonamientos relativos a la elección del trabajador despedido porque no lo exige la ley. La negociación previa del Despido Colectivo y, en su seno, de los criterios de selección que figuran en la comunicación del despido colectivo hacen presumir su conocimiento. La comunicación individual del trabajador afectado tiene por obligada indicación, exclusivamente, la expresión de la causa motivadora del despido en términos compatibles con el derecho de defensa del interesado. Reitera SSTS 8/3/2018, rcud. 360/2016; y 4/4/2018, rcud. 1354/2016, despido colectivo de la misma empresa.

Voces

Despido colectivo

Representación de los trabajadores

Despido por causas objetivas

Carta de despido

Despido improcedente

Finalización del período de consultas

Contrato de Trabajo

Fraude de ley

Abuso de derecho

Seguridad jurídica

Medios de prueba

Despido disciplinario

Contenido de la carta de despido

Despido individual

Impugnación del despido

Derecho de defensa

Acto preparatorio

Diligencias preliminares